martes, 12 de abril de 2011

PLAN DE PENSIONES.

Para que os suene un poco de dónde habéis oído o visto un plan de pensiones.

 


Un plan de pensiones es un producto con el que vas ahorrando , para que puedas disponer de un capital o una renta en el momento de la jubilación o en caso de incapacidad y, en caso de fallecimiento, para que puedan dispone del mismo tus beneficiarios.
Generalmente, esos ahorros se invierten en un fondo (fondo de pensiones) con una serie de gratificaciones fiscales específicas.  Es un sistema complementario a la pensión otorgada por la Seguridad Social.    

LA PRESTACIÓN DE LOS PLANES DE PENSIONES

Las prestaciones de los planes de pensiones se cobran cuando el partícipe se jubila, se encuentra en situación de incapacidad, contrae alguna enfermedad grave o se encuentra en situación de desempleo de larga duración.
Éstas, pueden cobrarse en forma de capital(en un solo pago), en forma de renta(una serie de pagos fraccionarios) o en forma mixta.  
La renta puede ser, vitalicia (que es la que , en virtud de un seguro de renta, pagará el asegurador al asegurado mientras este último viva) o temporal ( cuando la duración de la misma es finita, es decir, que conocemos el final de la renta ).    

 RESCATES
§                     Rescate en forma de capital: Esta opción consiste en recuperar todos los derechos consolidados en un sólo pago. Todas las aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006 tienen una exención fiscal del 40%; las realizadas posteriormente, no tienen ningún tipo de exención. Como el cobro se realiza de una sóla vez, el partícipe ese año asumirá una gran carga fiscal, pudiendo llegar al tramo máximo del 43% para cantidades importantes.
§                     Rescate en forma de renta: Esta opción consiste en recuperar todos los derechos consolidados en pagos diferidos mediante la constitución de un seguro de rentas. El impacto fiscal no es tan fuerte como en el caso de rescate en forma de capital, ya que el partícipe sólo tributará ese año por el importe recibido. El resto de los años seguirá tributando al tipo pertinente hasta la finalización de la renta.
Rescate en forma mixta: Consiste en combinar las dos anteriores, rescatando una parte en forma de capital y la otra en forma de renta.


Pero, ¿Se puede recuperar el dinero antes? La respuesta es sí, pero sólo en los siguientes casos:
·                     Muerte.
·                     Invalidez o incapacidad.
·                     Enfermedad grave.
·                     Dependencia severa.
·                     O desempleo por tiempo superior a doce meses y no se esté cobrando el subsidio de desempleo.


Los planes de pensiones están controlados por la Dirección General de Seguros del Ministerio de Economía y Hacienda. De su funcionamiento se encargan lacomisión de control del plan y la comisión del fondo de pensiones.




La unidad de cuenta: es el capital invertido por un ahorrador y que forma parte del fondo

VALOR 

El valor de la unidad de cuenta de un plan de pensiones se determina, diariamente y se calcula dividiendo el patrimonio total del fondo, donde se invierte, entre el número total de unidades de cuenta.

                                    PTF / NTUC  

A TENER EN CUENTA
  
-         EDAD: hoy, la mayor parte de los suscriptores de planes de pensiones tienen entre 35 y 55 años, mientras que los de planes de jubilación tienen entre 30 y 55 años.   

-         BENEFICIOS FISCALES: a quienes no disfruten de una cierta seguridad laboral y a quienes no tengan entre sus expectativas prioritarias acceder a beneficios fiscales, les convienen más los planes de jubilación. Quien se suscribe a un plan de pensiones se beneficiará de una fiscalidad muy favorable, pero no podrá recuperar su dinero hasta el mismo momento de su jubilación, salvo excepciones muy concretas.

-         INGRESOS: la inversión en planes de jubilación, según los especialistas, resultan especialmente convenientes para los ciudadanos con bajo nivel de ingresos, porque les permite acceder cuando lo deseen al dinero ahorrado, a diferencia de lo que ocurre con los planes de pensiones, cuya liquidez es mucho menor. 

TIPOS DE PLANES DE PENSIONES  

-         Planes de pensiones según el tipo de inversores.
En función de quien los promueve, los planes de pensiones pueden ser:

·                     Individuales: son aquellos que una persona contrata con una entidad financiera por iniciativa propia e independientemente.

·                     De empleo: aquellos cuyo promotor es una empresa determinada. Funcionan como un tipo de retribución a los trabajadores.

·                     Asociados: son los que se contratan para un colectivo determinado. El promotor suele ser una asociación y los partícipes, sus miembros.

-         Planes de pensiones según forma de inversión.
En función del tipo de inversiones que realizan, los planes de pensiones pueden ser:

·                     Renta Variable: son aquellos que, como mínimo, invierten un 75% del capital en renta variable y el resto, en renta fija. La renta variable es un tipo de inversión cuya rentabilidad está en función de la cotización de los valores en los que se invierte.

·                     Renta Mixta Variable: aquellos que invierten entre un 30% y un 75% del capital en renta variable y el resto en renta fija.

·                     Renta Fija: son aquellos que solamente invierten su capital en renta fija. Ésta es un tipo de inversión en la que se conoce la rentabilidad que va a generar desde el momento en que se hace.

·                     Renta Fija Mixta I: son aquellos que invierten hasta un 15% del capital del fondo en renta variable y el resto en renta fija.

·                     Renta Fija Mixta II: son aquellos que invierten entre un 15% y un 30% del capital del fondo en renta variable y el resto en renta fija.

-         Planes de pensiones según el tipo de aportación.
En función de las obligaciones exigidas en su contrato, los planes de pensiones pueden ser:

·                     Planes de aportación definida: cuando se establece el importe económico que cada persona debe depositar.

·                     Planes de prestación definida: son aquellos en los que se establece la cantidad económica que las personas van a recibir en el momento de la jubilación, o cualquier otra situación autorizada para el cobro de las prestaciones. Suelen ser a plazo fijo.

·                     Planes mixtos: son una mezcla de los dos anteriores. En ellos se fijan los importes económicos que cada partícipe debe aportar y la cantidad que recibirá tras cumplirse los requisitos establecidos para el cobro del plan de pensiones. 

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